El 3 de abril la Agencia Tributaria abre el plazo para presentar la declaración de la renta del ejercicio del año 2023 y si has comprado un coche híbrido enchufable o 100% eléctrico tienes que conocer la nueva deducción temporal en el Impuesto sobre la Renta. Aquí te mostramos cuáles son todos los requisitos necesarios para poder beneficiarte de este descuento en la compra de tu vehículo enchufable durante el año 2023. Esta es una más de las muchas ventajas que tiene la compra de un coche eléctrico y enchufable.

Por ello, un coche eléctrico no podrá estar afectados por una actividad económica o pertenecer a una empresa. Deberán estar matriculados por primera vez en España antes del 31 de diciembre de 2023 o antes de que finalice el segundo periodo impositivo inmediato posterior a aquel en el que se produjo el pago de la cantidad a cuenta. El precio de venta del vehículo adquirido no podrá superar el importe máximo establecido, a través del Anexo III del Real Decreto 266/2021 por el que se aprueba la concesión directa de las ayudas a las comunidades autónomas para la ejecución de programas de movilidad eléctrica (MOVES III).

¿Cuál es la base máxima de deducción?

La base de la deducción está constituida por el valor de adquisición del vehículo, incluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición, y no formarán parte de la misma las cuantías subvencionadas o que vayan a serlo a través de un programa de ayudas públicas. Además, la base de deducción no podrá ser mayor de 20.000 euros.

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¿Cuál es el porcentaje de deducción y en qué período impositivo se aplica?

Deberás tener en cuenta las dos alternativas posibles a la hora de aplicar los descuentos en la declaración de la renta y optar únicamente por una de ellas:

La primera opción es si adquieres el vehículo desde el 30 de junio de 2023, hasta el 31 de diciembre de 2023 podrás deducir el 15 % del valor de la adquisición. De esta manera, deberás practicar la deducción en el precio impositivo en el que matricules el vehículo eléctrico.

Por otro lado, si entregas cantidades, desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, a cuenta de la futura compra del vehículo que supongan, al menos, el 25 % del valor de adquisición, podrás practicar la deducción por el 15 % del valor de adquisición. El abono de la cantidad restante y la adquisición del vehículo deberás realizarlos antes de que finalice el segundo período impositivo inmediato posterior a aquel en el que se produjo el pago de tal cantidad:

  • Si realizas pagos en 2023 (desde 30 de junio) que supongan al menos el 25 % del precio de adquisición del vehículo, tendrás hasta el 31 de diciembre de 2025 para realizar el pago de la cantidad restante y adquirirlo. Si realizas pagos en 2023 que supongan al menos el 25 % del precio de adquisición del vehículo, tendrás hasta el 31 de diciembre de 2026 para realizar el pago de la cantidad restante y adquirirlo.
  • Si realizas pagos en 2023 (desde el 30 de junio) y además en 2024 para alcanzar el 25 % del precio de adquisición, tendrás hasta el 31 de diciembre de 2026 para realizar el pago de la cantidad restante y adquirirlo.

Derecho a la deducción

Puedes aplicar la deducción por la compra de un único vehículo eléctrico nuevo siempre que lo destines a un uso particular, de manera que no puedes comprar un coche eléctrico que este afectado por una actividad económica que desarrolles y si adquieres el vehículo eléctrico a título particular y después lo afectas a tu actividad económica, perderás las deducciones practicadas.

Por ello, si has realizado una compra de un coche eléctrico de segunda mano en OcasionPlus puedes tener acceso a estas deducciones en la declaración de la renta del ejercicio de 2023. También, están beneficiados los coches híbridos enchufables de ocasión, los cuales cuentan con los mismos descuentos en caso de que cumplas con los requisitos de aplicación.